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De acuerdo con la normatividad vigente, los subsidios familiares de vivienda asignados por Colsubsidio tendrán una vigencia inicial de (36) treinta y seis meses, los cuales se podrán prorrogar por una sola vez, hasta por (24) veinticuatro meses adicionales, mediante acta suscrita por el representante legal, sin exceder (60) sesenta meses la vigencia total del subsidio.
La solicitud de la prórroga del subsidio familiar de vivienda podrá ser tramitada, antes del vencimiento del subsidio, por el hogar beneficiario del subsidio conforme a los requisitos establecidos en la comunicación GOS1.0-1598/2023 para los subsidios asignados en el año 2021 y GOS1.0-3257/2024 para los subsidios asignados en el año 2022.
La solicitud de prórroga del subsidio de vivienda también la podrá realizar el constructor con el cual se encuentre adelantando el proceso de compra de la vivienda, conforme los requisitos establecidos en la comunicación GOS1.0-1599/2023 para los subsidios asignados en el año 2021 y GOS1.0- 3258/2024 para los subsidios asignados en el año 2022.
Recuerde que la escritura pública de compra de su vivienda, así como el registro de la misma ante la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos correspondiente, deben realizarse dentro del periodo de vigencia del subsidio de vivienda. Así mismo, la solicitud de cobro y/o desembolso del subsidio debe realizarla el constructor y/o el hogar beneficiario antes del vencimiento de la vigencia del subsidio.
Con tu número de cédula podrás consultar si ha sido aprobada la solicitud de tu subsidio para vivienda.
Aporte monetario que necesitas para tu vivienda en tres modalidades, para que puedas adquirir, construir o mejorar tu casa.
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